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El Defensor del Pueblo se presenta en el centro penitenciario de Sevilla II para realizar una auditoría y se entrevista con personal del centro penitenciario y con internos.
Responda a las siguientes cuestiones:
- El Director del centro penitenciario aprovecha la visita para presentarle una queja por supuestas irregularidades que viene observando en la intervención que realizan las ONG’s que acuden al centro penitenciario, supuestamente por incumplir los procedimientos establecidos. Ante esta queja que recibe el Defensor del Pueblo:
- Procede que se inicie un expediente de investigación porque la queja la presenta una autoridad administrativa en asuntos de su competencia.
- Según la normativa, no le pueden presentar quejas ninguna autoridad administrativa en asuntos de su competencia.
- No procede iniciar un expediente de investigación porque las ONG’s no son unidades administrativas, por lo que exceden de la competencia de actuación del Defensor del Pueblo.
- Se admite porque las ONG’s, como entidades colaboradoras de la Administración Penitenciaria desarrollan un servicio público y por tanto entran dentro de las competencias de actuación del Defensor del Pueblo.
- Finalizada la visita del Defensor del Pueblo, un interno del centro le remite una instancia en la que denuncia que está siendo objeto de malos tratos. En la narración de los hechos profiere insultos hacia los funcionarios y directivos del centro penitenciario así como acusaciones de comisión de delitos de torturas. El interno solicita al funcionario que le entregue firmado el recibí en la hoja autocopiativa. En este supuesto, lo procedente es que el Centro Penitenciario:
- Adjunte a la Instancia del interno un informe complementario, elaborado por el Director, rebatiendo o confirmando las alegaciones del interno.
- Envíe la instancia, tal como está redactada por el interno, al Defensor del Pueblo.
- Incoe expediente sancionador al interno por supuesta falta de respeto y consideración hacia el personal penitenciario y por divulgación de datos falsos.
- Remita copia de la instancia del interno al Ministerio Fiscal por si las manifestaciones realizadas fueran constitutivas de delito.
- Señale la respuesta incorrecta. El Defensor del Pueblo, a fin de comprobar la veracidad de la queja presentada por el interno, propone realizar una entrevista con el funcionario implicado en los supuestos malos tratos. Además solicita que se le entregue copia completa del expediente penitenciario del interno.
- La información, que en curso de la investigación, aporte el funcionario a través de su testimonio personal tendrá carácter reservado, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre la denuncia de hechos que pudieran revestir carácter de delito.
- Si el funcionario se niega a la entrevista, podrá ser requerido por el Defensor del Pueblo para que manifieste por escrito las razones que justifiquen su decisión.
- En ningún caso el superior jerárquico del funcionario podrá prohibirle responder a la requisitoria del Defensor del Pueblo o a entrevistarse con él.
- No puede negarse al Defensor del Pueblo el acceso al expediente penitenciario solicitado.
- En el caso que nos ocupa, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley Orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo, si en el curso de la investigación el Defensor del Pueblo tiene conocimiento de conductas o hechos delictivos, lo pondrá en conocimiento del:
- Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
- Centro Directivo de la Administración Penitenciaria.
- Fiscal General del Estado.
- Juzgado de Guardia.
- El Centro Directivo, como consecuencia de la queja interpuesta ante el Defensor del Pueblo, acuerda el traslado del interno denunciante a otro centro penitenciario. En este supuesto:
- El Centro Directivo no puede proceder al traslado de un interno incurso en una investigación del Defensor del Pueblo.
- El Defensor del Pueblo puede modificar o anular el acuerdo del Centro Directivo.
- El Defensor del Pueblo puede sugerir la modificación del criterio utilizado por la Administración Penitenciaria para proceder al traslado.
- El Centro Directivo debe solicitar, previo a acordar el traslado, informe preceptivo al Defensor del Pueblo.
B
J.G.H. ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal N® 3 de Alicante a 40 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad por delito de conducción bajo los efectos del alcohol, de acuerdo a lo establecido en el artículo 379.2 del Código Penal.
Recibida ejecutoria del citado Juzgado en el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, éste, tras la valoración del caso, confecciona un plan de ejecución para su cumplimiento en la entidad Cruz Roja, realizando tareas de apoyo en la citada asociación.
En su tercer día de cumplimiento, durante el desempeño de sus tareas, J.G.H. sufrió una torcedura de tobillo. Atendido en el Servicio de Urgencias de la localidad, fue diagnosticado de esguince de tobillo grado II, estando impedido durante 15 días para el cumplimiento de la pena.
Responda a las siguientes cuestiones:
- ¿Qué opciones tiene el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas para la confección del plan de ejecución?:
- El plan de ejecución podrá consistir en determinadas actividades de utilidad pública, así como la participación en talleres o programas formativos o de reeducación.
- Al ser un delito de seguridad vial, el penado sólo podrá cumplir mediante el taller de sensibilización en materia de seguridad vial (TASEVAL), que se diseñó exclusivamente para este fin.
- Si el penado propone una actividad determinada, el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas deberá realizar el plan de ejecución en la entidad propuesta por el penado.
- El plan de ejecución podrá consistir en determinadas actividades de utilidad pública, así como la participación en talleres formativos o de reeducación, pero no mediante programas, al estar estos últimos reservados exclusivamente para las suspensiones de condena.
- ¿Qué debería hacer el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas en caso de que el penado no hubiera comparecido, sin justificación, a la cita para la realización del plan de ejecución?:
- Comunicaría la incomparecencia al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
- Realizaría el plan de ejecución sin la presencia del penado, remitiéndolo al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria para su control, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad.
- Remitiría los testimonios oportunos al Juzgado de lo Penal N[1] [2] [3] [4] [5] [6] 3 de Alicante.
- Repetiría la citación al penado por segunda y última vez.
- Según lo establecido en el artículo 23.3 del Real Decreto 2131/2008, de 26 de diciembre, ¿qué gestión es de obligado cumplimiento a consecuencia del accidente sufrido por el penado?:
- Se comunicará el accidente de modo inmediato al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
- Se comunicará el accidente a la Cruz Roja para que el penado sea atendido por la Mutua de accidentes de la
misma.
- Se comunicará el accidente de modo inmediato al Juzgado de lo Penal n9 3 de Alicante.
- Se emitirá el parte de accidente de trabajo por el procedimiento legalmente establecido, a efectos del reconocimiento y pago de las prestaciones que pudieran corresponderle al penado.
- Señale la respuesta incorrecta. En relación con la afiliación del penado a la Seguridad Social durante el período que ha estado impedido:
- Debe permanecer de alta en la Seguridad Social desde el día inicial de cumplimiento.
- Se le dará de baja en la Seguridad Social, pues al interrumpirse el cumplimiento se suspende la obligación de cotizar.
- La baja en la Seguridad Social se solicitará una vez que finalice la ejecución de la pena.
- No procede la comunicación de altas y bajas intermedias por los días de prestación efectiva de trabajo.
El ciudadano J.P.M. de nacionalidad española y el ciudadano S.L.P. de nacionalidad portuguesa se desplazan a Turquía con el objetivo de transportar una importante cantidad de droga. Encontrándose en el aeropuerto con la intención de regresar a España, son detenidos por las autoridades turcas acusados de un delito contra la salud pública, siendo posteriormente condenados a la pena de 15 años de prisión.
A las pocas semanas del inicio del cumplimiento de la pena, tanto J.P.M. como S.L.P. solicitan su traslado a España y Portugal, respectivamente, para continuar con el cumplimiento del resto de sus condenas, en virtud del Convenio sobre traslado de personas condenadas, hecho en Estrasburgo el 21 de marzo de 1983. Concedidos los traslados, éstos se producen por vía aérea en dos vuelos, el primero a Madrid y el segundo a Lisboa sobrevolando territorio español.
Una vez que el condenado J.P.M. ingresa en un centro penitenciario español y, transcurridos unos meses de cumplimiento, considera que la pena impuesta por tráfico de drogas en Turquía es excesiva y, a través de su abogado, interpone recurso de revisión ante las autoridades judiciales españolas contra la sentencia dictada por las autoridades turcas, alegando que se han vulnerado derechos fundamentales y que se utilizaron testigos falsos durante la celebración del juicio.
Cuando J.P.M. lleva cumplida una cuarta parte de la condena solicita un indulto al Ministerio de Justicia, aunque, finalmente, un día, cuando realizaba labores de jardinería en el exterior del centro penitenciario, aprovechando un momento de descuido, J.P.M. se evade del centro.
Responda a las siguientes cuestiones:
- ¿A qué Estado podrán expresar su deseo de ser trasladados, tanto J.P.M. como S.L.P., para el cumplimiento del resto de condena?
- Exclusivamente a las autoridades turcas, porque este Estado no pertenece a la Unión Europea.
- P.M. ante las autoridades españolas, S.L.P. ante las autoridades portuguesas o ambos podrán dirigirse a las autoridades turcas indistintamente.
- P.M. solo ante las autoridades españolas y S.L.P. solo ante las autoridades portuguesas.
- A ningún Estado, ya que Turquía no tiene suscrito el Convenio sobre traslado de personas condenadas.
- Al autorizarse el traslado de S.L.P. de nacionalidad portuguesa, ¿deberán las autoridades de dicho país notificar a España el tránsito del mismo?
- No, al ser un vuelo directo desde Turquía a Portugal, salvo que debiera hacer escala en un aeropuerto español.
- Si, España exige que se le notifique cualquier tránsito de un condenado sobre su territorio.
- Si, solo cuando el traslado vía aérea lo realicen las autoridades turcas, por encargo de las autoridades portuguesas.
- No, al firmar el Convenio europeo de traslados de personas condenadas no hay que realizar ningún trámite.
- Al interponer J.P.M. recurso de revisión contra la sentencia, ¿cuál es el país u órgano encargado de resolver dicho recurso?
- Solamente Turquía tendrá el derecho a decidir acerca de cualquier recurso de revisión presentado contra la sentencia.
- España, pues al haberse producido el traslado de J.P.M., asume la competencia de resolver el recurso de revisión.
- Deberá ser sustanciado en primera instancia por la Audiencia Nacional y elevar a las autoridades judiciales turcas para su dictamen.
- Son competentes las autoridades españolas, previa consulta a las autoridades judiciales turcas.
- ¿Puede el Estado español otorgar un indulto parcial a J.P.M., teniendo en cuenta el país de condena y las circunstancias que concurren en el condenado?:
- No, sólo Turquía está facultada para otorgar el indulto, amnistía o cualquier otra medida de gracia.
- El Convenio sobre traslado de personas condenadas declara de manera explícita la ilegalidad de los indultos.
- Sí, el Estado Español es competente para tomar este tipo de decisiones.
- Sí, pero deberá remitir a Turquía el acuerdo de indulto para su ratificación.
- En el supuesto indicado de evasión de J.P.M., ¿deberá España informar del hecho a Turquía?
- No, pues no se contempla esta obligación en el Convenio sobre el traslado de personas condenadas.
- Sí, al ser una de las condiciones recogidas en el Convenio sobre el traslado de personas condenadas.
- No, porque el Convenio sobre el traslado de personas condenadas delega en el Estado Español la supervisión plena de la ejecución de la condena.
- No, al haberse procedido a la conversión de la condena por la Audiencia Nacional y estar bajo exclusivo control jurisdiccional español.
El interno J.B.H, de nacionalidad española, el 1 de enero de 2019 ingresó en calidad de penado en el Centro Penitenciario de Huelva. Según los datos que constan en su expediente penitenciario, cumple condena por un delito de falsificación de moneda y fabricación de tarjetas de crédito cometido como miembro de una organización criminal, y un delito de lesiones.
Se encuentra clasificado en segundo grado de tratamiento y ubicado en el Módulo 7. Presenta buena conducta con ausencia de antecedentes disciplinarios.
Como está interesado en trabajar de forma retribuida por cuenta ajena y cotizar a la Seguridad Social mientras dura su internamiento, ha solicitado un puesto en el taller ocupacional del Módulo.
Responda a las siguientes cuestiones:
- En relación al trabajo solicitado por el penado, indique la respuesta correcta:
- El puesto deberá serle adjudicado por la Junta de Tratamiento solo si en su programa individualizado de tratamiento se contempla el desarrollo de una actividad laboral.
- El puesto deberá serle adjudicado por la Comisión Disciplinaria ante la ausencia de antecedentes disciplinarios.
- El interno puede solicitar el puesto, pero el Consejo de Dirección solo podrá adjudicárselo si aparece vacante en la lista del trabajo productivo.
- El puesto que ha solicitado no resulta adecuado para alcanzar la finalidad que pretende el interno.
El 6 de marzo de 2019, el interno J.B.H. fue trasladado al Centro Penitenciario de Burgos para seguir cumpliendo condena. En ese nuevo centro, el 15 de marzo de 2019 obtuvo un puesto de trabajo en los talleres productivos (Taller de Manipulados II explotado por empresa OCEANIC WORK S.A.).
El 30 de abril de 2019 fue conducido nuevamente al Centro Penitenciario de Huelva con motivo de un juicio que tenía pendiente y que se celebró el día 10 de mayo de 2019, reingresando al Centro Penitenciario de Burgos el 15 de mayo de 2019.
- Indique en qué situación queda la relación laboral especial del interno en el Centro Penitenciario de Burgos durante el periodo de ausencia por el traslado:
- La relación laboral se extingue y no existe obligación de cotizar a la Seguridad Social.
- La relación laboral podrá suspenderse y no existe obligación de cotizar a la Seguridad Social.
- La relación laboral se extingue y existe obligación de cotizar a la Segundad Social.
- La relación laboral queda suspendida y existe la obligación de cotizar a la Seguridad Social.
El día 5 de mayo de 2019, los funcionarios del Centro Penitenciario de Huelva practicaron sobre el interno J.B.H. un cacheo con desnudo integral por entender que podía ocultar en su cuerpo objetos prohibidos. Como en la orden de cacheo se omitieron los motivos de seguridad concretos y específicos que determinaron su aplicación, el interno desea presentar una queja ante la autoridad judicial.
- Indique qué autoridad judicial es la competente para conocer de la queja del interno:
- El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Huelva.
- El Juzgado de Instrucción de Huelva.
- El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Burgos.
- El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria.
Durante el periodo del 20 al 30 de mayo de 2019 el interno J.B.H. presenta un bajo rendimiento y una deficiente actitud en el desempeño de su trabajo en el Taller de Manipulados II del Centro Penitenciario de Burgos. No colabora con los compañeros generando enfrentamientos y discusiones con otros internos, desobedeciendo las órdenes de los funcionarios y por todo ello, se acuerda efectuar el despido del trabajador.
- Indique la respuesta correcta:
- Esta causa no se encuentra entre las causas de extinción de la relación laboral especial.
- El Director del Centro Penitenciario de Burgos es competente para acordarlo, en su calidad de delegado de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
- El Gerente de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo es quién tiene dicha competencia.
- La competencia para acordar el despido corresponde al apoderado de la empresa Oceanic Work S.A.
- ¿Quién es el empleador en el trabajo que el interno desempeñaba en el Centro Penitenciario de Burgos?
- La empresa Oceanic Work S.A.
- La Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
- La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
- El Centro Penitenciario de Burgos.
En el Centro Penitenciario de Madrid II! se dan las siguientes situaciones:
- El Subdirector de la Oficina de Gestión informa al Director que se ha publicado en el BOE el indulto parcial de Antonio R.G. por el que el Gobierno resuelve aminorar la condena en dos años, medida de gracia que ha sido refrendada por el Jefe del Estado. Visto el expediente del interno se comprueba que acortando la condena tal como contempla la medida de gracia, el interno ha extinguido su responsabilidad penal y procede ponerlo en libertad. Indique la actuación que procede:
- A tenor de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento Penitenciario el Director debe ordenar la puesta en libertad y comunicarlo al Tribunal sentenciador.
- A tenor de lo previsto en el artículo 25 del Reglamento Penitenciario el Director debe esperar a que el tribunal
sentenciador emita orden o mandamiento de libertad.
- A tenor de lo previsto en el artículo 26 del Reglamento Penitenciario el Director debe proceder a ordenar la libertad inmediata del indultado y comunicar esta circunstancia al Juez de Vigilancia Penitenciaria indicando la reseña de publicación en el BOE.
- A tenor de lo previsto en el artículo 27 del reglamento Penitenciario el Director debe esperar a que el Juez de
Vigilancia Penitenciaria, como juez de ejecución, autorice la puesta en libertad.
- El interno Rodrigo G.P. tiene cuatro hijos menores de edad y solicita comunicar con ellos bajo la modalidad que contempla el artículo 45.6 del Reglamento Penitenciario. El Director señala día y hora de comunicación para el domingo día 1 de marzo de 2020. Los hijos del interno son Antonio, nacido el 12-02-2004, Francisca, nacida el 04- 05-2006, Román, nacido el 28-02-2008 y Rebeca, nacida el 17-10- 2012. A tenor de lo dispuesto en el referido artículo, procede que el interno pueda comunicar con:
- Los cuatro hijos menores de edad.
- Francisca, Román y Rebeca.
- Román y Rebeca.
- La ONG XYZ solicita realizar un programa de intervención con los internos del centro penitenciario. Para ello cumplimenta por escrito una solicitud de colaboración y adjunta el programa que desea desarrollar haciendo constar los objetivos a alcanzar, la duración temporal, el colectivo de internos objeto de la intervención, la relación nominativa de voluntarios que participará en la ejecución del programa, los medios materiales y personales que utilizará, así como los indicadores y parámetros de evaluación del impacto y de los resultados del programa. Indique la opción correcta:
- La ONG debe remitir directamente su solicitud al Centro Directivo para recabar su aprobación quien, caso de aprobarla, lo comunicará al Centro Penitenciario Madrid III para su puesta en funcionamiento.
- Este tipo de colaboraciones solo pueden articularse mediante la firma de un convenio que deberá suscribir el Secretario General de Instituciones Penitenciarias y el representante legal de dicha ONG.
- El procedimiento legal a seguir supone que la solicitud y programa de colaboración sea aprobado por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario Madrid III, previo informe del Centro Directivo, que deberá comprobar si dicha ONG está correctamente inscrita en el Registro Especial de Entidades Colaboradoras que supervisa el Ministerio de Justicia.
- La solicitud la aprueba el Centro Directivo, previo informe de la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario Madrid III.
- Los familiares del interno Pedro Z. con objeto de una comunicación depositan un paquete conteniendo un medicamento alegando que lo necesita para una dolencia que padece. Indique la actuación correcta:
- No procede en ningún caso su entrega al interno al tratarse de un artículo u objeto no autorizado según el artículo 51 del Reglamento Penitenciario.
- Únicamente procederá su entrega al interno si lo autoriza expresamente el Subdirector Médico.
- El Director, de conformidad con el Médico, decidirá el destino que dará a este medicamento.
- Procederá la entrega al interno, si acredita que ha sido prescrito por un Facultativo externo.
- Antonio H.C. ingresa con orden de detención procedente de la policía judicial; en la referida orden constan, de manera expresa, los datos identificativos del interno, el delito imputado, la autoridad judicial a cuya disposición se encuentra, la hora y día de vencimiento del plazo máximo de detención. Indique la opción correcta:
- No procede admitir en este tipo de circunstancias ya que no media orden judicial expresa que legalice la situación del interno.
- El Director del centro penitenciario puede admitirlo.
- El Director puede denegar el ingreso, pues no se recogen todos los requisitos exigidos reglamentariamente.
- Bajo ningún concepto puede aceptar el ingreso de Antonio HC pues se trata de un detenido que debe estar custodiado exclusivamente en depósito municipal.
[1] Los 15 días que el penado ha estado impedido para el cumplimiento de la pena a consecuencia del accidente:
- No se le computarán en la liquidación de condena.
- Se le computarán en la liquidación de condena al no ser imputable la interrupción al penado.
- Únicamente no se le computarían en la liquidación de condena si se tratase de ausencias injustificadas.
- Solamente se le computarán en la liquidación de condena si acredita la interrupción mediante el
correspondiente parte de baja médica.
SUPUESTO N2 6
El Director de un centro penitenciario está planificando la contratación pública que atañe al Centro, para satisfacer las siguientes necesidades:
- Encargar un proyecto de obra para la reforma de las instalaciones eléctricas del Establecimiento que se encuentran en mal estado por transcurso del tiempo, por un valor estimado de 40.000 euros.
- Contratación de un servicio de limpieza de las oficinas del establecimiento. El contrato que se halla vigente se adjudicó, como contrato menor, a una empresa por una duración de 6 meses y un importe (sin IVA) de 000,00 euros. Tiene una propuesta de dicha empresa de realizar un nuevo contrato por la misma duración e importe. La prestación del servicio por dicha empresa está siendo muy satisfactoria para la Administración.
- Contratación de un suministro de medicamentos genéricos por un valor estimado de 100.000,00 euros para cubrir las necesidades del Centro en un año.
Responda a las siguientes cuestiones:
- En relación con el provecto de obra:
- ¿A qué capítulo de gasto presupuestario corresponde?:
- Capítulo 1.
- Capítulo 2.
- Capítulo 4.
- Capítulo 6.
- ¿Qué tipo de contrato procede realizar conforme a lo estipulado en la vigente Ley de Contratos del Sector Público?:
- Contrato de servicios.
- Contrato de obras.
- Contrato administrativo especial.
- Contrato sujeto a regulación armonizada.
- ¿Qué procedimiento de adjudicación se debe utilizar para abreviar los plazos de tramitación?:
- Contrato menor.
- Procedimiento negociado por razón de importe, con invitación a un mínimo de 3 empresas.
- Procedimiento abierto simplificado.
- Procedimiento abierto simplificadísimo o simplificado abreviado, conforme a lo previsto en el artículo 159.6 de la LCSP.
- En relación al Contrato de servicio de limpieza:
- ¿Cuál sería el procedimiento de adjudicación a elegir?:
- Prorrogar el contrato menor vigente a la empresa actualmente adjudicataria por otros 6 meses.
- Tramitar un nuevo contrato menor y adjudicarlo a la misma empresa.
- Tramitar un procedimiento negociado por razón del importe e invitar al menos a otras 2 empresas del sector.
- Tramitar un procedimiento abierto simplificado.
- En relación con el contrato de suministros:
- ¿Dónde se debe publicar el anuncio de licitación, teniendo en cuenta que el procedimiento de adjudicación elegido es el procedimiento abierto simplificado?:
- En el perfil del contratante del órgano de contratación.
- En el Boletín Oficial del Estado.
- En el Boletín de la Comunidad Autonoma en la que se halla ubicado el Centro.
- En el Diario Oficial de la Unión Europea.
SUPUESTO N2 7
La Subsecretaria del Ministerio del Interior convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. El funcionario del Cuerpo de Ayudantes, Carlos R., destinado en el Centro Penitenciario Ocaña II y que se encuentra en situación de suspensión firme de funciones por un periodo de 6 meses, desea participar en el mismo.
Responda a las siguientes cuestiones:
- Dada la situación de suspensión firme en la que se encuentra y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, ¿puede participar en el concurso convocado?:
- Sí, porque pueden participar todos los funcionarios cualquiera que sea su situación administrativa, sin excepción alguna.
- Sí, puesto que la suspensión firme de 6 meses, al no implicar la pérdida del puesto de trabajo, durante ese tiempo mantiene todos los derechos inherentes a su condición y, por consiguiente, el derecho de solicitud.
- Sí, siempre y cuando a la fecha prevista de resolución del concurso se haya ejecutado, en su totalidad, la sanción.
- Sí, siempre y cuando a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes haya concluido el cumplimiento de la sanción impuesta.
- Una vez publicada la Resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado, en el que Carlos R. ha obtenido plaza en el Centro Penitenciario Madrid-III (Valdemoro), debe cesar dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del mismo. No obstante, el Subsecretario del Departamento, por necesidades del servicio, difiere su cese.
¿Cuántos días puede diferir el cese por este motivo?
- Hasta 15 días naturales a contar desde su entrada en el registro del Centro Penitenciario donde se encuentra
- Hasta 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
- Hasta 30 días naturales a contar desde la fecha de firma del Subsecretario del Departamento.
- Hasta 10 días hábiles a contar desde su notificación al interesado.
- Antes de finalizar el plazo en que se ha diferido su cese, Carlos R. presenta baja por incapacidad temporal (IT), de duración probable de un mes. Concluido dicho plazo acordado por el Subsecretario, ¿se podría cesar al funcionario aunque siguiera en situación de licencia por enfermedad?
- No, en ningún caso, hasta que presente parte de alta de su incapacidad temporal.
- Si, en todo caso es preceptivo el cese.
- Si, cuando por causas justificadas, el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de la licencia por incapacidad temporal.
- Depende en cada caso del criterio que al respecto establezca la Dirección General de la Función Pública.
- Una vez que Carlos R. ha cesado en el Centro Penitenciario Ocaña-II, el plazo posesorio del que dispone es de 3 días hábiles o de un mes. El disfrute de un mes está necesariamente vinculado a que se produzca:
- Cambio de centro penitenciario.
- Cambio de provincia.
- Cambio de residencia.
- Cambio de comunidad autónoma.
- Transcurridos tres meses desde que Carlos R. ha tomado posesión en el Centro Penitenciario Madrid-III, es removido por causas sobrevenidas derivadas de una alteración en el contenido del puesto, realizada a través de las relaciones de puestos de trabajo que modifica los supuestos que sirvieron de base a la convocatoria del concurso en el que obtuvo el puesto. Una vez removido de su puesto de trabajo se le atribuirá el desempeño de un puesto correspondiente a su Cuerpo:
- En adscripción provisional en el mismo municipio.
- En términos de titularidad en el Centro que solicite, ya que, del que ha sido removido lo ejercía en propiedad y la remoción no es imputable al funcionario.
- Con carácter definitivo, quedando en expectativa de destino.
- En comisión de servicios de la prevista en el artículo 66 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
SUPUESTO N2 8
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria competente, a los efectos de valorar la aprobación del principio de flexibilidad recogido en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, solicita al interno L.P.A. un compromiso de pago de la responsabilidad civil.
El Equipo Técnico informa al interno de sus consecuencias y éste firma un documento comprometiéndose a abonar un 40% del salario que recibe en prisión para la satisfacción de la responsabilidad civil derivada del delito.
El documento firmado es entregado al funcionario de prisiones M.S.G., con destino en la oficina de gestión del centro penitenciario, para su envío al Juzgado.
Ante un nuevo requerimiento del compromiso de pago por el Juzgado con carácter urgente, el funcionario M.S.G. se da cuenta de que ha extraviado el documento. El interno L.P.A. se encuentra disfrutando de un permiso penitenciario y no regresará hasta dentro de 6 días; en consecuencia, un compañero aconseja al funcionario M.S.G. que redacte un nuevo documento de compromiso de pago del interno. El funcionario M.S.G. lo elabora estableciendo un compromiso del 50% del salario, para mejorar el importe que recibe la víctima del delito, copiando la firma del interno L.P.A., a la vista de una instancia que el interno había presentado anteriormente. El nuevo documento es enviado al Juzgado.
Responda a las siguientes cuestiones:
- ¿Cómo calificaría la conducta del funcionario M.S.G.?
- Un delito contra la Administración de Justicia.
- Un delito contra la Administración Pública.
- Un delito de falsedad documental.
- No ha cometido ningún delito, tan solo una infracción administrativa.
- ¿Qué órgano es competente para conocer de la acción cometida por el funcionario M.S.G.?
- El Juzgado de lo Penal competente por razón de la materia, al ser el sujeto activo del delito un funcionario público.
- La Audiencia Provincial competente por razón del territorio, por aplicación del criterio del lugar de la comisión del delito.
- El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria al que envió el documento, por ser el receptor del mismo.
- La Subdirección General de Recursos Humanos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
- ¿Qué procedimiento es el adecuado para conocer de la acción cometida por el funcionario M.S.G.?:
- El procedimiento abreviado, que se aplica al enjuiciamiento de los delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a nueve años.
- El procedimiento sumario ordinario, que se aplica al enjuiciamiento de los delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a nueve años.
- El expediente disciplinario, con exclusión del procedimiento penal, regulado en el Estatuto Básico del Empleado Público.
- El expediente de responsabilidad patrimonial de la Administración, regulado en la Ley 39/2015 y en la Ley 40/2015.
- La conducta del funcionario M.S.G. puede ser sancionada con:
- Pena de prisión de 3 a 6 años.
- Suspensión de empleo y sueldo de 2 a 4 años.
- Inhabilitación absoluta por tiempo de 6 meses a 2 años.
- Separación del servicio por tiempo de 2 a 6 años.
- El compañero del funcionario M.S.G. puede ser sancionado:
- Como autor mediato.
- Como cómplice.
- Como cooperador necesario.
- No tiene responsabilidad por los hechos cometidos por M.S.G.
SUPUESTO N2 9
A.J.T. ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Madrid a la pena de prisión permanente revisable por delito de asesinato de persona menor de dieciséis años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 140.1.1§ del Código Penal. Clasificado en 22 grado de tratamiento, tiene una responsabilidad civil de 18.000 euros que no ha sido satisfecha, ni consta compromiso para hacer frente a la misma. Ha desarrollado actividades ocupacionales de forma continuada y no constan sanciones disciplinarias.
Responda a las siguientes cuestiones:
- ¿A partir de qué momento podría disfrutar A.J.T. de permisos ordinarios de salida?
- Cuando haya cumplido un mínimo de doce años de prisión.
- Cuando haya cumplido un mínimo de ocho años de prisión.
- Cuando haya cumplido un mínimo de quince años de prisión.
- Cuando haya cumplido la cuarta parte de la condena.
- A.J.T. ha cumplido quince años de prisión efectiva. ¿Podría serle autorizada la clasificación en tercer grado por la Audiencia Provincial de Madrid, previo pronóstico individualizado y favorable de reinserción social?
- No, pues debe cumplir como mínimo veinte años de prisión efectiva.
- Sí, siempre que haya disfrutado previamente de permisos de salida.
- No, pues debe cumplir como mínimo dieciocho años de prisión efectiva.
- Sí, siempre que haga frente a la responsabilidad civil derivada del delito.
- ¿A partir de qué momento A.J.T. podría obtener de la Audiencia Provincial de Madrid la suspensión de la ejecución del resto de la pena y concesión de la libertad condicional?
- Cuando haya cumplido como mínimo veintidós años de su condena.
- Cuando haya cumplido como mínimo veinticinco años de su condena.
- Cuando haya cumplido como mínimo veintiocho años de su condena.
- Cuando haya cumplido las tres cuartas partes de la condena.
- Si A.J.T. cumpliese la edad de 70 años durante el cumplimiento de su condena, ¿podría obtener la suspensión de la ejecución del resto de la pena y la concesión de la libertad condicional?
- Sí, sin exigencia de más requisitos.
- Sí, siempre que se encuentre clasificado en tercer grado, pues consta que ha observado buena conducta.
- No, si no ha satisfecho la responsabilidad civil derivada del delito ni se ha comprometido al pago de la misma.
- No, en la pena de prisión permanente revisable no se contempla tal posibilidad.
- Señale la respuesta incorrecta. A.J.T. ha obtenido la suspensión de la ejecución del resto de la pena y la concesión de la libertad condicional. ¿En qué circunstancias revocará la suspensión la Audiencia Provincial de Madrid y ordenará la ejecución del resto de la pena?:
- Si A.J.T. es condenado por un delito cometido durante el período de suspensión y ello pone de manifiesto que la expectativa en la que se fundaba la decisión de suspensión adoptada ya no puede ser mantenida.
- Si A.J.T. incumple de forma grave o reiterada las prohibiciones y deberes que le hubieran sido impuestos conforme al artículo 83 del Código Penal.
- Si J.T. facilita información inexacta o insuficiente sobre el paradero de bienes u objetos cuyo decomiso hubiera sido acordado.
- Si A.J.T. ingresa en el Centro Penitenciario por nueva causa preventiva.
SUPUESTO N° 10
Responda a las siguientes cuestiones:
- A.J.T., interno que cumple condena en el Centro Penitenciario El Puerto de Santa María I, clasificado en el régimen contemplado en el artículo 91.3 del Reglamento Penitenciario, solicita salir al patio en compañía de un primo y dos compañeros más que son amigos de la infancia y vecinos del mismo barrio y, además, todos ellos comparten el mismos régimen de vida. Con relación a dicha solicitud:
- Es correcta y la solicitud debe ser aprobada. Les corresponde aunque no tuvieran el mismo régimen de vida.
- Es correcta y la solicitud debe ser aprobada. Les corresponde porque tienen el mismo régimen de vida.
- No tiene amparo normativo a tenor de lo estipulado reglamentariamente.
- Es correcta, pero se necesita que todos los internos expresen por escrito que desean salir juntos y dicha solicitud debe ser autorizada por la Junta de Tratamiento.
- El interno A.J.T. viene saliendo diariamente al patio cuatro horas, en turno de mañana, donde aprovecha para jugar a la pelota, a juegos de mesa, leer el periódico o pasear y conversar. Con relación a la duración de la salida diaria al patio:
- Es correcta a tenor de lo estipulado reglamentariamente.
- Es incorrecta ya que el Reglamento Penitenciario contempla un máximo de tres horas de salida diaria al patio.
- Es correcta porque el Reglamento Penitenciario contempla un mínimo de cuatro horas de salida diaria al patio.
- Es correcta porque el Reglamento Penitenciario contempla hasta un máximo de cinco horas diarias de salida al patio.
- La Junta de Tratamiento ha propuesto que A.J.T. salga al patio otras cuatro horas más por las tardes, de lunes a viernes, para realizar un programa impartido por monitores deportivos adscritos a una organización colaboradora que potencia el deporte de mantenimiento, el juego en equipo y los valores deportivos como medio de cuidado de la salud y para potenciar la reinserción social. Con relación a dicha propuesta:
- Es correcta a tenor de lo estipulado reglamentariamente.
- Es incorrecta ya que el Reglamento Penitenciario contempla un máximo de tres horas más para la realización de actividades programadas.
- Es correcta porque el Reglamento Penitenciario contempla un mínimo de cuatro horas de salida diaria al patio para realizar actividades programadas.
- Es correcta porque el Reglamento Penitenciario contempla hasta un máximo de cinco horas diarias de salida al patio para realizar actividades programadas.
- En dicho programa de valores y deporte saludable el interno A.J.T. coincide con otros cuatro compañeros que están muy motivados para utilizar las posibilidades que le brinda el programa deportivo para intentar dejar de fumar. Con relación al número de internos participantes:
- Es correcto a tenor de lo estipulado reglamentariamente.
- Es incorrecto ya que el Reglamento Penitenciario contempla un máximo de tres internos.
- Es incorrecto porque el Reglamento Penitenciario contempla un máximo de cuatro internos.
- Es correcto porque el Reglamento Penitenciario contempla hasta un máximo de quince internos que pueden estar juntos en el patio para la ejecución de actividades programadas.
- El programa de valores y deporte saludable, así como las normas de régimen interior elaboradas por el Consejo de Dirección, fueron remitidas para su aprobación por el Centro Directivo. Con relación a dicha tramitación:
- Es incorrecta a tenor de lo estipulado reglamentariamente.
- Es incorrecta ya que la aprobación debe darla preceptivamente el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria al tratarse de actuaciones a realizar con internos en régimen cerrado.
- Es incorrecta ya que el programa debe ser propuesto por el Centro Directivo y ser autorizado por el Juez de Vigilancia Penitenciaria.
- Es correcta a tenor de lo estipulado reglamentariamente.